Luis Diez de Bonilla explica 5 violaciones a la Ley Federal del Trabajo para que aprendas a reconocerlas
Luis Diez de Bonilla explica 5 violaciones a la Ley Federal del Trabajo para que aprendas a reconocerlas. Tener un trabajo digno donde se respeten tus derechos laborales es fundamental, así como tener pleno conocimiento de tus obligaciones. Por ello, el abogado Luis Diez de Bonilla, especializado en derecho laboral, nos explica las 5 violaciones más comunes que suceden en el mundo laboral para que las reconozcas a tiempo.
La Ley Federal del Trabajo plantea en el artículo 2 que las normas tienen como objetivo propiciar condiciones decentes en las relaciones que se establecen en ese ámbito tan importante y en el que en ocasiones puede tomarte más de ocho horas de tu día.
En el artículo se describe como un trabajo digno aquel en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador, no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil, además se tiene acceso a la seguridad social, se cuenta con un salario, hay capacitaciones regulares y existen las condiciones necesarias de seguridad.
El trabajo decente incluye el respeto irrestricto a los derechos colectivos de los trabajadores. A continuación, 5 cosas que tu jefe podría estar haciendo, pero de manera ilegal.
Trabajar en días de descanso: “La LFT establece que, por cada seis días de trabajo, el trabajador puede disfrutar de uno de descanso, al menos, con goce de salario íntegro. Sin embargo, cuando un determinado jefe pide a sus empleados trabajar los días de descanso, ya sean los semanales o los obligatorios como lo es el 25 de diciembre o el primero de enero, deberá pagar un salario triple. En caso de que se negara se puede recurrir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.” Explica Luis Diez de Bonilla.
Trabajar horas extras: La ley señala que no pueden obligarte a prestar tus servicios por un tiempo mayor del permitido, y si tu jornada laboral se alarga, pero no excede las nueve horas a la semana, el patrón debe pagarte con un 100% más del salario que corresponda a las horas de tu jornada. “Siempre puede haber ocasiones extraordinarias en las que tu horario se extienda, pero no deben ser más de tres horas diarias ni en tres veces en una sola semana, si excede de este límite el pago será al 200% más. Cabe señalar que la jornada diurna debe ser de 8 horas, la nocturna de 7 horas y la mixta de 7 horas y media.” Explica el abogado Luis Diez de Bonilla.
Quitar días de vacaciones: Anteriormente, aquellos trabajadores que ya hubiesen cumplido con un año de servicios podían disfrutar de seis de vacaciones pagadas, las cuales aumentarían en dos días laborables, hasta llegar a doce por cada año de servicio. Sin embargo, recientemente en diciembre del año pasado el Senado aprobó duplicar los días de vacaciones, lo que permite a los trabajadores contar con un mínimo de 12 días de vacaciones de manera continua o fraccionado. Si tu jefe se negara a darte todos los días de vacaciones que te corresponden, la LFT señala que el incumplimiento de las normas relativas a las vacaciones se sancionará con una multa por el equivalente de 50 a 250 veces la Unidad de Medida y Actualización.
Descuentos en tu salario: De acuerdo con los artículos 97 y 110 de la LFT, no se pueden hacer descuentos o reducciones a los salarios mínimos y salarios de los trabajadores; sin embargo, hay algunas situaciones en las que tu patrón podría retener una parte de tu salario, por ejemplo, por deudas con tu jefe porque te ha adelantado salarios, por errores o por pérdidas o daño a artículos de la empresa. Así mismo podría descontarte parte de tus ingresos si hay de por medio pensiones alimenticias, para el pago renta de la vivienda que te haya proporcionado el patrón o el pago de abonos para cubrir préstamos del Infonavit, pero no deben exceder el 10% de tu salario.
Firmar hojas en blanco: En el ámbito laboral es muy importante que conozcas tus derechos, así como tus obligaciones. Estar pendiente de lo que sí debes y no hacer, por ejemplo, hay ocasiones en que te pueden pedir firmar documentos en blanco. Sin embargo, en marzo de 2021 se propuso una iniciativa que busca ser sometida a discusión. “En ella se indica que los patrones no pueden obligar a los trabajadores a firmar hojas en blanco como condición para ser contratados, pues firmar un documento en esas condiciones podría utilizarse solo para beneficio del jefe o la empresa. Lo mejor en estos casos es recurrir a la Profedet para saber cómo actuar ante algún riesgo.” Explica el abogado Luis Diez de Bonilla.
Agradecemos la información a Luis Diez de Bonilla, abogado de la firma Diez de Bonilla, Kuri y Asociados S.C.