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Luis Diez de Bonilla explica la actualización de la tabla de enfermedades del trabajo

Luis Diez de Bonilla explica la actualización de la tabla de enfermedades del trabajo. El abogado Luis Diez de Bonilla explica que hace 50 años que la tabla de enfermedades profesionales no era revisada. La propuesta del Ejecutivo federal incorpora padecimientos mentales, de los ojos, musculares, articulares, cancerígenos y pulmonares, entre otros.

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad aumentar de 161 a 194 los padecimientos de la tabla de enfermedades del trabajo, un catálogo que llevaba medio siglo sin actualizarse. Entre otros males, reconoce que 26 tipos de cáncer, la depresión, la endometriosis y los abortos recurrentes pueden ser provocados por el empleo.

“El proyecto fue construido en el gobierno federal y le fueron agregadas propuestas de legisladoras y legisladores en el mismo sentido. Con ello se reforman los artículos 512, 514, y 515 de la Ley Federal del Trabajo (LFT)” explica Luis Diez de Bonilla.

El Presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social detalla que en promedio en México ocurren 513,000 riesgos de trabajo por año los cuales consisten en accidentes de trabajo, accidentes en el trayecto y enfermedades laborales. Al aceptar que estas enfermedades son generadas por el trabajo, quienes las desarrollen tienen derecho a una incapacidad pagada, ya sea temporal, parcial o permanente y a una indemnización.

“Aprobar este dictamen significa apuntalar la serie de reformas laborales importantes, como la del outsourcing, el reconocimiento a las trabajadoras del hogar, la normativa al teletrabajo y el aumento de las vacaciones. En la reforma laboral fueron incluidas algunas de las condiciones mentales más comunes y que cada vez están más presentes entre la población, como el trastorno de ansiedad y otros más asociados al estrés, conocido también como burnout” explica el abogado Luis Diez de Bonilla.

También incluyeron algunos daños causados por aspirar contaminantes, así como lesiones musculares y articulares frecuentes en un mundo cada vez más digital, como el síndrome del túnel carpiano. Otro cambio importante es que se recupera y modifica la tabla de valuación. Dicho instrumento sirve para que los especialistas calculan la gravedad del daño y el monto de la indemnización o pensión a la que tiene derecho la persona afectada.

La reforma con base en evidencia científica considera los efectos a la salud de las personas trabajadoras causados por los factores de riesgo físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales en el ámbito laboral, como un organismo cambiante y por ello entrará a revisión cada cinco años.

“El mundo se vive diferente, se trabaja diferente  y por lo tanto nos enfermamos de manera diferente. En los últimos 53 años apareció el teléfono celular y nos hicimos dependientes de éste y del Internet, pero la tabla de enfermedades laborales continuaba sin cambio.” explica Luis Diez de Bonilla

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En 2019 un equipo multidisciplinario del departamento de Normalización de Seguridad y Salud Laborales de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), inició una investigación científica para sustentar la inclusión de cada uno de estos padecimientos.

La última ocasión en la que la tabla de enfermedades fue actualizada fue en 1970 luego de que fuera incluida en la LFT de 1931. Pasaron los sexenios de 8 presidentes y la tabla mantenía las mismas 161 enfermedades. Por ello, esta vez, la STPS propuso que el listado sea revisado al menos cada cinco años o cuando existan estudios e investigaciones que lo justifiquen. Esto quedó establecido en el artículo 514 de la LFT.

Con la modificación al artículo 513 la STPS será la institución responsable de actualizar las tablas de enfermedades y de valuación. Y será la persona que encabece el Ejecutivo Federal quien inicie el proceso legislativo para modificarlas.

“Al actualizar la tabla se crearon 11 grupos de padecimientos. El que se refiere a los cánceres de origen laboral fue el que tuvo más actualizaciones, pues pasó de cuatro a 30 tipos de carcinomas” explica el abogado Luis Diez de Bonilla.

En el grupo IV están los trastornos mentales, como la ansiedad, el insomnio, la depresión y los trastornos asociados al estrés. Estas condiciones se pueden presentar en cualquier persona trabaja y puesto, para la tabla resalta que el personal de salud, educación, transporte, buceo industrial, atención a usuarios, seguridad pública, fuerzas armadas, atención de desastres y urgencias, del sector privado y público podrían estar más expuestas.

En tanto el grupo de las patologías infecciosas y parasitarias pasó de 21 a 41. Entre ellas está el Covid-19, cuyo riesgo de exposición para las personas trabajadoras será medido en cuatro niveles, desde el más bajo al muy alto. Aquí también se incluye la gripe aviar y la influenza AH5N1.

Varias enfermedades de los ojos, como las cataratas, conjuntivitis, el deterioro leve y moderado de la visión y el glaucoma, pueden ser consideradas como consecuencias laborales.

Se reconoce la anemia aplásica, que es cuando el cuerpo deja de producir suficientes células sanguíneas nuevas y afecta a quienes trabajan en la industria editorial y de impresiones, en el aprovechamiento de chatarra para obtener piezas fundidas en radioterapia y en la refinación de petróleo.

Además, las personas que fabrican productos farmacéuticos, cosméticos y perfumes o que se dedican a la fumigación y control de plagas, en la industria farmacéutica pueden generar hipertensión y cardiopatía isquémica.

Asimismo será una enfermedad del trabajo la insuficiencia venosa periférica crónica, causada por estar de pie mucho tiempo o caminar mucho. Esto lo padecen las personas que trabajaban como cajeras, cartero o cartera, choferes de transporte terrestre, meseros policias, personal de salud y vigilantes.

La legislación también incorpora enfermedades pulmonares y dermatitis alérgicas. Se reconoce que personas trabajadoras como chóferes, repartidoras, meseras, deportistas profesionales y quienes laboran en posiciones forzadas no ergonómicas, pueden desarrollar afecciones en la columna.

Agradecemos la información al abogado Luis Diez de Bonilla, socio de la firma Diez de Bonilla Kuri y Asociados S.C.

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