La Baja En Modalidad 40
La Baja En Modalidad 40. En esta ocasion el articulo trata sobre la baja en modalidad 40, esta estipulado en el artículo 220 de la ley del seguro social del año 1997, que a la letra dice: Artículo 220. La continuación voluntaria del régimen obligatorio termina por: Declaración expresa firmada por el asegurado; Dejar de pagar…
