Si no aplicas modalidad 40 ¿Como será tu pensión?
Si no aplicas modalidad 40 ¿como será tu pensión? Reemplazando Tu Salario Por Tu Pensión Mensual.
La gran incógnita para miles de trabajadores es saber si al pensionarse, el dinero que recibirán como pensión,.
Por haber cumplido con los requisitos que establecen las leyes de seguridad social, será suficiente para darles la solvencia económica que requieren, llegada la edad del retiro.
De entrada y sin darle muchas vueltas al asunto, téngase presente que ninguna pensión que se reciba, es igual al último sueldo o salario devengado.
De entrada, las mejores pensiones que se pagan hoy día, son las que mes a mes entregan el Seguro Social y el Issste.
A pensionados que tuvieron la fortuna de empezar a cotizar estando vigente la Ley del Seguro Social 1973, y las que se reciben conforme a los beneficios previstos en el articulo Décimo Transitorio Modificado (ISSSTE).
Si no aplicas modalidad 40 ¿como será tu pensión? SI ERES DE LOS AFORTUNADOS DE LA LEY 73…
Si eres de las personas que comenzó a cotizar antes del 1 de julio de 1997 estas en la ley 73, y por consiguiente puedes mejorar tu futura pensión a partir de hoy, si sabes como hacerlo
En los casos anteriores mencionados, basta cumplir solamente con el requisito de semanas cotizadas o años de servicio, según corresponda, más el de la edad y encontrarse sin empleo remunerado, para que los Institutos paguen dichas pensiones.
Sin embargo, las pensiones de cesantía o de vejez, a recibirse por la Ley del Seguro Social vigente a partir del uno de julio de 1997, y por la Ley del Issste, vigente a partir del uno de abril de 2007.
Se sabe que no habrá ahorro suficiente acumulado en la cuenta individual del trabajador, salvo contadas excepciones, para disfrutar de una pensión, semejante o parecida, a la pagada por los Institutos mencionados.
¿Cómo mejorar las tendencias y/o proyecciones en materia de pensiones en nuestra realidad? La clave para revertir la tendencia de las ínfimas pensiones a recibir a futuro por la clase trabajadora mexicana lo refiere el término “nivel de reemplazo”.
Nivel de reemplazo es el la diferencia que existe entre la pensión a recibir y el último salario percibido, previo a pensionarse.
Así, el nivel de reemplazo expresa o se refiere, a la cantidad de dinero que a una persona le hará falta para que al pensionarse, conserve y disfrute del mismo nivel y calidad de vida, al que se tenía, antes de pensionarse.
Lorenzo
buen día
Sólo para comentarte una situación particular.
estoy trabajando en un negocio que es de mi cuñada. me tiene dado de alta con $135 pesos pero aparte le expido recibo de honorarios y me paga mi sueldo real. No timbra mi nómina. que problema puedo tener si llego a mi pensión en ésta situación?
Estimado Lorenzo,
TE tengo una consulta.
Yo empecé mi vida laboral en una empresa privada, durante unos 7 años, después trabajé para el gobierno federal por unos 11 años (ISSSTE), y después para la iniciativa privada por otros 5 años.
Estando yo cotizando al ISSSTE vino la reforma a la Ley del ISSSTE y opte por el “bono” que se ofrecía si te apegabas a la nueva ley.
Tengo AFORE y en mis estados de cuenta se registran las aportaciones que se hicieron por parte de los patrones (IMSS) en mis trabajos anteriores.
Ahora estoy dado de alta en una empresa, con el mínimo y mediante facturas por honorarios se cubre la diferencia de mis percepciones.
Pero cuando pido un “reporte de semanas cotizadas” obviamente solo me sale el tiempo cotizado al IMSS … Entonces esos 11 años, esas semanas que coticé al ISSSTE, pues no aportan en nada a la posibilidad de una pensión en el IMSS.
Mi pregunta es ¿qué es lo que se sugiere hacer en mi caso, en el momento que llegue la edad de “jubilarse o pensionarse”? ¿qué hacer con el IMSS? ¿qué hacer con el ISSSTE?. Tengo actualmente 56 años.
Saludos cordiales
SERGIO M (Mérida, Yucatán)
Hola Sergio, si podrá hacer portabilidad, convertir los años del issste a semanas del IMSS, contacteme para asesoría al 831 120 3178..
Buen día yo pagué la modalidad 40 de dic de 2019 a junio del 2020 juntas y hice el pago el 10 de junio mi pregunta es cuando se reflejarán los pagos que hice para poder darme de baja de la modalidad 40…saludos
Ya se le hubieran reflejado Ricardo.