Por Que El IMSS Puede Negarme La Pensión
¿Porqué el IMSS puede negarme la pensión…? en este artículo estaré escribiendo acerca de por qué el IMSS nos puede negar la pensión.
(Este articulo es para aquellas personas que cotizan con IMSS en la ley 73…) Son varias las razones por las que el Instituto Mexicano del Seguro Social puede negar la pensión. El IMSS puede negar la pensión debido a no cumplir con los requisitos que pide…
¿Por qué el IMSS puede negarme la pensión?
Esto es aproximadamente el equivalente a 10 años trabajados con seguridad social, dije reconocidas ya que como bien sabemos si cotizaste antes del año de 1982 corres el riesgo de que no se te reconozcan los años de ese período por lo cual deberás realizar una serie de trámites para poder recuperar.
Otra razón Por lo cual el Instituto Mexicano del Seguro Social nos niega la pensión es que aun no cumplamos con la edad de 60 años .
Algunas personas creen que por tener muchos años cotizados o muchas semanas reconocidas, aunque no tengan la edad de 60 años pueden solicitar su pensión y no es así.
Otra de las razones por las que el Instituto Mexicano del Seguro Social nos puede negar la pensión es porque presentas alguna inconsistencia en tu número de seguridad social, es decir que el año que naciste sea incorrecto, puede ser que sea una letra errónea o tu fecha de nacimiento.
A continuación menciono la conservación de derechos pensionarios que es muy importante para poder solicitar una pensión Ya que si tienes bastantes años sin cotizar con seguridad Social es lo más probable que el Instituto Mexicano del Seguro Social te de una resolución de pensión negativa.
La conservación de derechos Como bien sabemos es equivale a la cuarta parte del tiempo cotizado es decir si tienes 20 años trabajando con seguridad social y en este momento la empresa o tu patrón decide ya no emplearte y te da de baja.
¿Cómo podemos decir que es ese tiempo? es bien sencillo dividimos el número de años trabajados o reconocidos: en este caso 20 entre 4 y el resultado será el tiempo en años que estamos cubiertos (5 años)
Pero que sucederá si en este momento tengo 52 años? Que esos 5 años de conservación de derechos solo te alcanzarán hasta los 57 años…
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si amiga, el IMSS revisa en algunas ocasiones con quien cotizó el último año, es decir realiza algún tipo de auditoría. saludos
Si pago la cuota de 299 por la asesoría cuanto tiempo cubre dicha cuota
Yo tengo 54 años y obvio aun me faltan algunos años para tramitar la pension
Por eso pregunto por cuanto tiempo seria la asesoría
Gracias
Hola Luis, la asesoría la recibe de manera ilimitada, usted se convierte en miembro de el ABC de tu retiro, contácteme al 8311203178, saludos
Hola buen día, tengo 54 años y 6 meses de edad y 1902 cotizaciones reconocidas, con esta conservación de derechos tengo que volver a cotizar con un patrón o ya estoy cubierto hasta los 60 años para tener derecho a una pensión, gracias por su atención.
Hola equivales a 38 años laborados, la cuarta parte son 9 años y medio, en teoría esta cubierto.
Pero hay que ver el salario que tenía en su trabajo, si es bajo aunque tenga muchas semanas cotizadas no le ayudará mucho, le recomiendo tomar su asesoría comuniquese al 831 12 03178 , saludos.
Le envío un saludo esperando se encuentren bien, y quiero solicitar a Ud. si lo considera conveniente, publicar mi caso para su estudio. Actualmente tengo contratada M-40, sin embargo, en todo lo que hice para esto no conte con Asesoría Profesional y mi mas grande duda es sobre mi Vigencia después de trabajar con patrón para recuperarla en el IMSS. A continuacion le expongo el caso en resumen.
Caso Real:
– Tengo 1835 semanas hasta hoy.
– De esas semanas, 11 años trabaje para mi esposa del 94 – 05, pero tuvimos otros 3 trabajadores más en ese registro patronal.
– El nombre patronal de mi esposa es “HDEZ”, en lugar de Hernandez
– Otros 11 años cotize como trabajador independiente, por ser patron del 05-16 en M-44.
– Antes de contratar M-40 trabaje 54 semanas con patrón. (Ley IMSS) 16-17 .
– Siempre he cotizado IMSS, no deje años vacíos sin estar cotizando.
– Tengo 58 a y 11 m de edad y quiero pensionarme a los 60 a y 6 m
PREGUNTAS :
– Me pueden descontar semanas cotizadas con mi esposa?
– La puedo registrar como beneficiaria, habiendo sido mi patrona?
– Me descontaran semanas de trabajador independiente? M-44
**- Se puede considerar simulación con esas 54 semanas con patrón?
**- ESTOY DEBIL EN MI VIGENCIA ?
– Me faltan 1 a Y 7 m para pensión, será bueno seguir pagando o no?
y solo esperar el tiempo para la edad?
Gracias por el espacio, y espero sus comentarios con gratitud, y de su
respuesta, quisiera contratar su asesoría para fortalecer mis debilidades.
Mi esposo tiene 66 años de edad y no tiene ninguna pensión, porque siempre a trabajado por su cuenta y checando su número del seguro social me percate que tiene 450 semanas usted cree que pueda tramitar la pensión.
Hola, Buen día, con ese numero de semanas no, pero cotizando un año si podrá hacerlo, contacteme al whatsapp 831 120 3178, saludos.
Hola tego 59 años ya por pensionar en M-40, cuando tenia 17 años y medo me di de alta como obrero, para poder entrar a trabajar en aquella epoca me aumente la edad, quedando mi numero de seguro social con el año 59 y pero mi fecha real de nacimiento es del año 61, y todos mis documentos tiene esa fecha la del 61, asi mismo le numero de seguro social lo he conservado todo estos años, tendre algun problema con la pension
Buen día Saludos cordiales
Estoy dado de baja con 38 años de trabajo afiliado al imss
Tengo 60 años ,si le entro a modalifdad 40 por 01 año por cuanto tiempo tengo buena
Pensión.. doy de la ley 73
Hola, J Guadalupe, al calcular su pensión se hará en base a su historia laboral, de las ultimas 250 semanas cotizadas.
¿Que tan buenos han sido los salarios con los que a cotizado? Le invito a tomar la asesoría , esto para ver cuanto le beneficia cotizar un año a tope en modalidad 40, si esta interesado envíe un whatsapp (831 120 3178), estaré gustoso en atenderle, un saludo
hola buenos dias , tengo 59 años 11 meses en septiembre cumplo los 60; estoy pagando mi M-40 necesito saber hasta que edad me conviene seguir pagando para jubilarme con una pension aceptable…..
Hola Gamaliel Le invito a tomar la asesoría , esto para ver cuanto le beneficia cotizar un año a tope en modalidad 40, si esta interesado envíe un whatsapp (831 120 3178), estaré gustoso en atenderle, un saludo
Tengo casi60 años, mis semanas cotizadas son 700 y “pico” pero ahora que he solicitado reporte de mis semanas cotizadas me dice que el numero de afiliacion tiene un error por lo que supongo que “me estan haciendo chanchullo”…ruego su respuesta…
Hola, debe acudir a la subdelegación que le correspone a hacer aclaración , saludos.
Buenas noches lic. soy el sr javier le comento y a continuacion le consulto lo siguiente … Yo tengo ya 65 anos. Cumplidos el 01 06 de este 2020 estoy registrado ante el imss en el ano de 1976 tengo 1353 semanas cotizadas .un salario promedio de los ultimos 5 anos de 163.08 y me indica esto en un calculo del imss por la ley del 73 una pension de 4.389.11 esto lo obtube por medio de un contacto en mi subdelegacion que me corresponde sin firmar nada en el mes anterior es decir en julio de este 2020….ahora bien yo fui dado de baja en el 2008 y tenia conservacion de derechos hasta el 2015 en este tiempo tengo una relacion de semanas cotizadas de 1509 pero en lugar de pedir mi pension solicite una ayuda de desempleo por lo tanto me descontaron 33 semanas total 1473 ya para esta fecha ya tenia cumplidos los 60 anos ahora mi situacion es la siguiente estoy laborando nuevamente a partir de diciembre del 2019 ya a partir de enero de este 2020 ya estoy recibiendo atencion medica medicamentos y estoy cotizando etc
Y estoy realizando mis pagos al imss cada mes pero estoy contratado con un salario.minimo de 130 pesos diarios y es una empresa sin problemas sin simulacros
…me iindico la gente de pension haci como las asesoras del imss que se encuentran rstablecidas en la subdelegacion que me corresponde realizar esto durante. 60 semanas. Equivalente a un ano dos meses o un poco mas no 52 equivalente a un ano ya que dependo de un patron. ……ya cumplido este tiempo se reactivan mis semanas cotizadas es decir las anteriores mas las que estoy cotizando y me indicaron ya aqui podre contratar la modalidad 40 …claro ya dado de baja no renuncia y ver con que salario cotizo y que tiempo y ademas se que no tendria servicio medico pero podria contratarlo y si tengo hijos que me aseguren pues no es necesario respecto a la modalidad 40 no tengo dudas ……ok a partir de este momento entraria su apoyo su asesoramiento al mismo ….en concreto en
…aqui el primer apoyo …..saqye otra relacion de semanas cotizadas con detalle de salario y empresas este 1o de junio del 2020 y me aparecen las musmas 1509 menis las 33 tiral 1473 ….pero en esta relacion detallada de trabajos me faltan algunas empresas que no aparecen ….para esto se haria una aclaracion de las musmas en una hoja que da la misma subdelegacion indicando estas empresas u periodos de las mismas oara hacer ka busqueda manual esto ….le consulto haci se tendra que hacer ….cumpliendo las 54 semanas reactivo mis derechos de vigencia en ley 73 ….ya dado de baja por parte de mi patron aclaro no renuncia …tengo ya derecho a modalidad 40 y continuo cotizando semanas y planeacion de sueldo tiemoo para la misna sin servicio medico ……..aqui li mas importante …. Pregunta para usted …..yo fui dado de baja en el 2008 tenia vigencia de derechos hasta el 2015 me reactive nuevamente ante el imss en diciembre del 2019. …. Hasta febrero del 2021 se acumulan. Las 60. Semanas y fraccion es decir 14 meses y no los 12 .
..aqui ya en esta fecha se puede solicitar al area de pensiones del imss en la misma subdelegacion correspondiente …que se realize un calculo. De cuanto tendria que pagar ya con recargos y actualizaciones correspondientes del 2008 al 2015 o es hasta el 2019 que me volvi a dar de alta
..bueno suena logico que debera de ser hasta noviembre del 2019 ya que a partir de dic de este 2019 estoy cotizando nuevamente …esto se li comento ya que de ser posible me ahorraria tiempo que tendria que invertir en la modalidad 40 y tambien se podria incrementar el salario con en que estoy registrado en esos periodos u ademas se incrementarian las semanas cotizadas y tambien investigue que pagando la cantidad que me dieron de.mi mismo dinero en la afore pir la ayuda de desempleo se reintegran las 33 semanas que me descontaron claro checando que se incrementen las mismas pienso que hojala se pudiera realizar esto ya que para reactivar cotizaciones y vogencia de derechos en mi caso rs un ano en otros casos es el 40 % de sus anos trabajados …….ahora lo mas importante cuando reactiva a promocion de sus servicios asesoria libros calculo etc….y estoy al pendiente de sus comentarios buenas noches gracias saludos
..
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Le atiende Lorenzo Rodriguez
Hola, estoy por cumplir 60 años y voy a tramitar mi pensión bajo la ley 73 una vez que lo cumpla, pero necesito recibir asesoría ya que en internet realice un trámite previo que se llama validación de datos entre el IMSS y el AFORE y resultó que algo esta mal.
Hable a mi AFORE y todo esta bien y en el seguro me indicaron que tengo que ir a realizar una certificación de mi numero de IMSS porque este tramite no me lo pueden arreglar en línea. Pero checando mis datos en el reporte de semanas cotizzadas y mi afore están correctos.
Que debo hacer entonces.
GRacias
Hola luis, estoy para servirle si necesita asesoría, puede tomarla a precio especial, envíe un whatsapp al 831 12 03178 si esta interesado, saludos.