Pensión Y Retiros Totales

Pensión Y Retiros Totales

Si cotizaste para ambos regímenes, eres un trabajador EN TRANSICIóN, por lo que al momento de tu retiro el IMSS te dará a escoger entre uno u otro y tú seleccionarás el que más te convenga.

¿Qué requisitos debes cumplir para pensionarte?

Recuerda que todos estos requisitos los establece el IMSS por lo que ni la CONSAR ni las AFOREs tienen competencia al respecto.

Pensión por régimen de 1973

  • Requiere mínimo 500 semanas de cotización.

  • Dependiendo de la edad en la que te pensiones te corresponderá un porcentaje de la pensión que te hubiese correspondido de haberla solicitado a los 65 años de edad:

    Edad Porcentaje Tipo de pensión
    65 100 Pensión de Vejez
    64 95 Pensión de Cesantía
    63 90
    62 85
    61 80
    60 75

    Para determinar la pensión se toma en cuenta el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente 5 años) y el nivel salarial.

Pensión por régimen de 1997

  • Requiere mínimo 1,250 semanas de cotización.

  • Tener 60 a 64 años (Pensión por Cesantía)

  • Tener 65 años (Pensión por Vejez)

Tu pensión dependerá del saldo acumulado en la cuenta individual y se actualizará anualmente.

¿Quién paga la pensión?

Pensión por régimen de 1973

EL IMSS

Pensión por régimen de 1997

EL IMSS es la única instancia que podrá indicarte de acuerdo a tu caso particular si aplica la opción A), B) o C).

A) Renta vitalicia

  • Se contrata con una Aseguradora (el IMSS te podrá dar la lista de Aseguradoras que prestan este servicio).

  • Es un monto que se te da mensualmentedurante toda la vida.

B) Retiro Programado

  • Se contrata directamente con la AFORE.

  • Es un monto más grande que la Renta Vitalicia, por lo que debes tenerRECURSOS SUFICIENTES en tu cuenta individual para poder contratarlo.

C) Pensión Garantizada

  • Cuando tienes derecho a una pensión pero tus recursos acumulados en la AFORE no son suficientes para contratar las opciones A) o B), el IMSS te señalará que tienes derecho a una Pensión Garantizada (PG).

  • La PG es aquella que el estado asegura y corresponde actualmente a $2,765.03 pesos mensuales (de acuerdo con la Ley del Seguro Social la PG debe corresponder a un salario mínimo del D. F. a la entrada en vigor de dicha Ley -julio de 1997- actualizado anualmente en el mes de febrero conforme al índice Nacional de Precios al Consumidor).

  • Los recursos acumulados en tu cuenta individual se utilizarán para pagar tu PG y cuando éstos se terminan, el IMSS te la seguirá pagando.

¿Qué recursos puedes retirar de la AFORE con una Resolución de Pensión?

Una vez que el IMSS te haya otorgado la Resolución de Pensión por Régimen de 1973 o por Régimen de 1997, podrás retirar los siguientes recursos en la AFORE que administra tu Cuenta Individual:

Pensión por régimen de 1973

Se te entregarán en una sola exhibición:

  • SAR 92-97 (que incluye SAR IMSS 1992 y SAR INFONAVIT 1992, si no tuviste un crédito de vivienda).

  • Retiro 97 a la fecha de retiro.

  • INFONAVIT 1997 de acuerdo con los lineamientos establecidos por el INFONAVIT (www.infonavit.org.mx, tel. 01800-008-3900, lada sin costo).

  • Aportaciones Voluntarias.

No se te entregan:

  • Cesantía en edad avanzada y vejez.

  • Cuota Social.

Estos recursos se los dará tu AFORE al Gobierno Federal para que se paguen las pensiones de todos los trabajadores que se pensionen en el IMSS por este Régimen.

Pensión por régimen de 1997

Se te entregarán en una sola exhibición:

  • SAR 92-97 (que incluye SAR IMSS 1992 y SAR INFONAVIT 1992, si no tuviste un crédito de vivienda).

  • Aportaciones Voluntarias.

Las aportaciones voluntarias pueden ser utilizadas para el aumento del monto de la pensión si el trabajador así lo decide.

Se te entregan a manera de pensión (Renta vitalicia o Retiro programado):

  • Retiro 97 a la fecha de retiro.

  • Cesantía en edad avanzada y vejez.

  • Cuota Social.

  • INFONAVIT 1997 (si no tuviste un crédito de vivienda):

Negativa de Pensión

Si tienes 60 años o más pero no cumples con los requisitos, el IMSS te emitirá una NEGATIVA DE PENSIÓN.

Si te dan una NEGATIVA DE PENSIÓN y tienes recursos en tu cuenta de AFORE, podrás retirarlos en una sola exhibición de acuerdo a lo siguiente:

  • A partir de los 60 años, todos los recursos excepto SAR 92-97

  • Al cumplir 65 años, SAR 92-97

NOTA: Si tienes una negativa de pensión o piensas que te la darán y…muy importante tienes 500 semanas reconocidas , contactame, tengo algo para ti…(831 12 03178)

FUENTE IMSS…

6 comentarios en “Pensión Y Retiros Totales”

  1. Avatar

    No cuento con las 500 semanas. Solo tengo 300. Cotizo desde el 92 Soy trabajador IMSS cuento con 55 años tengo una enfermedad que el instituto no reconoce como enfermedad de trabajo. Me sugieren con 9 años de antigüedad que acepte la pensión por invalidez desconozco el monto. Podría utilizar después la modalidad 40 e incrementar la pensión a los 60 o 65 años

  2. Avatar
    Luis Francisco Salazar Peña

    Soy una persona de 63años de edad, ya tengo cotizads 630 semanas.empece acotizar en 1971, cotice 10 años y fraccion consecutivos, renuncie al empleo en 1982, posteriormente cotice algunas semanas con las cuales complete 630, ahora quiero cotizar de nuevo pero en la ley 40, o algo asi para poder retirerme con mejor pension. la pregunta es: Si cotizo en la ley cuarenta 250 semanas, me retiro con la pension al 100% con el sueldo con el que cotize ahi? o habra algo que impida que me vaya con la pension para laque coy a cotizar.

    1. admin

      Es que para hacer el calculo de la pension se necesitan 3 factores , edad, semanas cotizadas y promedio sallarial de los ultimos 5 años, Le envio informacion a su orreo…

  3. Avatar

    Les envío un cordial saludo y me gustaría me puedan asesorar. Mi esposo es de origen japonés, tiene 10 años laborando para la empresa Clarion y se jubila en el 2021, a los 65 años. En este momento lleva ahorrados cerca de 500 mil en la AFORE y 300 mil en la subcuenta de INFONAVIT. Por el tiempo que lleva trabajando, no podrá tener pensión y le darán su dinero en una sola exhibición, correcto? La persona de las afores nos comentó que no se recupera el dinero del INFONAVIT pero yo tengo entendido que sí, y leo también que sólo cierta cantidad. Nos gustaría que nos asesoraran al respecto para poder retirar este dinero cuando llegue el tiempo? Y claro, acercándose el tiempo también podríamos requerir de sus servicios para una orientación más detallada.
    Cualquier duda o comentario quedo a sus órdenes.
    Excelente tarde.

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