La Modalidad 40 Del IMSS
La Modalidad 40 Del IMSS. Nosotros podemos cotizar al IMSS en diferentes regímenes como lo son el régimen obligatorio (con un patrón) o en la Continuación voluntaria al régimen obligatorio, pero no en los 2 al mismo tiempo.
La modalidad 40 que es parte de la Continuación voluntaria, nos da la oportunidad de aumentar nuestro número de semanas ya sea para completar el requisito de semanas de pensión o para aumentarlas, así como modificar nuestro salario de las ultimas 250 que son las importantes cuando hablamos de cálculos de pensión y es una herramienta muy utilizada en la planeación estratégica de tu pensión, no obstante siempre es importante ver el caso completo y no en parcialidades, así como también como llegamos a ella a fin de no cometer errores.
Hablando De La Modalidad 40 Del IMSS
Los requisitos para poder ingresar a La Modalidad 40 Del IMSS es tener un mínimo de 52 semanas cotizadas en el régimen obligatorio (con un patrón) en los últimos 5 años y que el salario con el que se dará de alta sea igual o mayor al último registrado con un patrón esto nos da muchas opciones.
Muy importante es que tu baja sea por termino de contrato, el artículo 218 de la ley del IMSS no especifica el motivo de la baja, pero si lo haces de manera voluntaria no será aceptada la solicitud de alta en dicha modalidad.
Como lo dice su propio nombre es continuación voluntaria y (Modalidad 40 Del IMSS) la modalidad 40 se paga así voluntariamente, mes a mes y nos cubre los seguros referentes a la pensión que serían retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (RCV) así como los seguros de invalidez y vida, es decir como vemos no incluye el servicio médico ni hospitalario mientras estamos en la modalidad 40 mismos que de tener derecho los podemos obtener ya sea como beneficiario de algún familiar con derecho o por medio del pago la modalidad 33, y bueno claro que ya estando pensionado se tienen todos los derechos médicos, una duda que tienen algunas personas es si es deducible este pago, como es voluntario del asegurado que viene del régimen obligatorio no es deducible aunque hay excepción a la regla.
Recomendación Importante: Contrata La Modalidad 40 De Manera Presencial…
He Visto A Personas Hacerlo En Línea Y En Ocasiones El IMSS Desconoce Las Aportaciones, Se Batalla Para Imprimir Los Recibos Mensuales, etc, etc.
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Buenos días para todos los lectores
Gracias por cada artículo que comparten los especialistas de pensiones
Buen día.
Yo tengo un poco más de un año en modalidad 40, me di de alta en línea sin problema; hasta ahora todos los pagos se han reflejado en mi estado de cuenta de mi Afore.
Espero que no vaya a haber algún inconveniente oculto…
La separación en mi último trabajo fue por renuncia.
Es el mismo caso que yo tengo